Formación de formadores en E-Learning (SSCE075PO)

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Formación de formadores en E-Learning (SSCE075PO)

Sectores

Intersectorial; Peluquerías, institutos de belleza y gimnasios

Áreas

Educación, formación y orientación; Sanidad

Dirigido a

Autónomos; Desempleados; Economia Social; Empleados; Funcionarios

Disponible en las siguientes provincias

A Coruña, Albacete, Alicante, Almería, Araba/Álava, Asturias, Ávila, Badajoz, Barcelona, Bizkaia, Burgos, Caceres, Cádiz, Cantabria, Castellón, Ceuta, Ciudad Real, Cordoba, Cuenca, Extranjero, Gipuzkoa, Girona, Granada, Guadalajara, Huelva, Huesca, Illes Balears, Jaén, La Rioja, Las Palmas, León, Lleida, Lugo, Madrid, Málaga, Melilla, Murcia, Navarra, Ourense, Palencia, Pontevedra, Salamanca, Santa Cruz, Segovia, Sevilla, Soria, Tarragona, Teruel, Toledo, Valencia, Valladolid, Zamora, Zaragoza

Objetivo General

Aplicar los recursos que ofrece la red como medio para favorecer el aprendizaje en la formación E-Learning.

Contenidos formativos:

1. La formación profesional y su organización.
2. Las nuevas tecnologías como herramientas de formación: La formación E-learning.
2.1. La educación de adultos en España.
2.2. Nacimiento de la educación a distancia y la formación E-Learning.
2.3. Las posibilidades de Internet en la formación: las plataformas virtuales de formación.
3. Creación de un curso E-Learning: Planificación formativa.
3.1. Introducción.
3.2. Determinación y desarrollo de objetivos formativos.
3.3. Selección y secuenciación de contenidos.
3.4. Estrategias metodológicas.
3.5. Diseño de actividades: Creación de grupos de trabajo en la formación On-line.
3.6. La documentación en la Educación a distancia.
4. El papel de la comunicación en entornos virtuales de aprendizaje.
4.1. Teorías de aprendizaje y su aplicación en la formación e-Learning.
4.2. Funciones del formador: el formador como organizador y dinamizador del aula virtual.
4.3. El estilo de aprendizaje y su influencia en los procesos de formación.
4.4. La comunicación y la enseñanza en línea: el feedback y la socialización a través de la red.
5. La evaluación en entornos virtuales de aprendizaje.
5.1. Necesidad de evaluar: concepto y utilidad.
5.2. Planificación de la evaluación.
5.3. Aspectos a evaluar: calidad de la formación y grado de aprendizaje.
6. Herramientas multimedia. Cómo crear tu propio curso E-learning.
Anexo I. Guía de aprendizaje de dreamweaver.
Anexo II. Tutorial de iniciación a flash.

Requisitos para Educación, formación y orientación:
Peluquerías, institutos de belleza y gimnasios

Estar empleado en alguno de los sectores que se enumeran, dentro de las actividades de educación:

  • Enseñanza privada
  • Autoescuelas
  • Centros de asistencia y educación infantil
  • Empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos
  • Colegios mayores universitarios
  • Centros y servicios de atención a personas con discapacidad
  • Centros de educación universitaria e investigación
  • Reforma juvenil y protección de menores
  • Sector de ocio educativo y animación sociocultural

Se reserva un % máximo de plazas destinadas para desempleados sujetas a disponibilidad en cada grupo.

Requisitos específicos:

No existen requisitos específicos para la participación en esta acción formativa, salvo que se deberá aportar la siguiente documentación una vez te matricules: copia NIF justificante de situación laboral (cabecera nómina, recibo autónomo o vida laboral), entre otros, a través del link que recibirás en tu Pc o Smartphone.

Requisitos para Sanidad:
Intersectorial

a) Las personas trabajadoras asalariadas que prestan sus servicios en empresas o en entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las administraciones públicas y cotizan a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.

b) Las personas trabajadoras fijas discontinuas en los períodos de no ocupación.

c) Las personas trabajadoras o socias de las cooperativas, sociedades laborales y entidades de economía social y otras personas socias de las dichas entidades, siempre que acerquen actividad económica.

d) Las personas trabajadoras ocupadas adscritas al sistema especial para trabajadores/as por cuenta ajena agrarios/as incluidos en el régimen general de la Seguridad Social durante los períodos de inactividad, al régimen especial de trabajadores/as autónomos/as, al del mar y a otros Seguridad Social que no coticen por formación profesional. Se incluyen en este punto las personas trabajadoras de los colectivos cuyo régimen de cotización aun no prevea el pago de la cuota por el concepto de formación profesional.

e) El personal al servicio de las administraciones públicas, hasta el límite de un 10 % del total de participantes en la acción formativa.

f) Las personas trabajadoras de la entidad beneficiaria hasta el límite de un 10 % del total de participantes en la acción formativa.

g) Personas autónomas.

h) Personas trabajadoras desempleadas, hasta un límite del 30%.

Será requisito necesario para la participación de los colectivos de trabajadores ocupados que su centro de trabajo, o el domicilio fiscal en el caso de los autónomos, se localice en la Comunidad Autónoma de Galicia.

La consideración de persona trabajadora desempleada vendrá determinada por su inscripción como demandante en el Servicio Público de Empleo de Galicia y su situación laboral como no ocupada referida a la fecha de validación del acta de selección por las oficinas de empleo.